Descripción breve
Se
intenta demostrar con los ejemplos que los conocimientos adquiridos en clase
hayan quedado firmes.
Miguel
Jaso
OBLIGACIONES DE DAR, HACER Y NO HACER DERECHO
CIVIL III
UNIVER MILENIUM QUINTO
CUATRIMESTRE
PROFESOR:
LIC CARLOS DAVID TOLEDO MARTÍNEZ
10
DE AGOSTO DE 2015
CESIÓN DE DERECHOS. EJEMPLO
1
Juan
obtiene un crédito personal bancario por un monto de cien mil pesos ante el
banco BITAL, a una tasa preferencial del 23% anual, a pagar en mensualidades de
dos mil quinientos pesos cada una, por un plazo de diez años, dejando en
garantía un pagaré. Juan ha pagado puntualmente durante dos años, pero en ese
momento el banco BITAL recibe una oferta por parte de HSBC para adquirir el
100% del banco. A BITAL le conviene la oferta y acepta vender su empresa a
HSBC. A partir de ese momento HSBC adquiere todo el patrimonio de BITAL,
incluida, desde luego, la deuda de Juan. BITAL (cedente), cede en favor de HSBC
(cesionario) éste y todos los demás derechos de los contratos que firmó con
Juan (deudor) y el pagaré correspondiente, al igual que con todos los deudores
(artículo 2029 CCDF). La ley indica que no se requiere del consentimiento del
deudor para que esto suceda (artículo 2030). Ahora Juan es deudor cedido de
HSBC y tendrá que continuar pagando a este último sus mensualidades de dos mil
quinientos pesos cada una, por los próximos ocho años que faltan, de acuerdo
con el contrato que originalmente signó con HSBC, y el pagaré firmado continúa
en garantía, ahora a favor del cesionario (artículo 2031). BITAL notifica al
deudor de la cesión de derechos (artículo 2040).
CESIÓN DE DERECHOS. EJEMPLO
2
Juan
establece en su testamento ordinario que su esposa (María) y su hijo (Pedro)
son sus únicos herederos universales y les hereda su patrimonio en partes
iguales. Al momento de fallecer Juan, Pedro decide, para proteger
económicamente a su madre que le cede a ésta el total de lo que le fue
heredado, es decir, el 50% del patrimonio. Una vez hecho el inventario, elabora
el convenio correspondiente en que él (cedente), cede a favor de su madre
(cesionaria) todos sus derechos en lo que a la herencia se refiere, enumerando
cuidadosamente todos los derechos y cargas correspondientes con respecto al
patrimonio del de cujus (artículo 2047).
CESIÓN DE DEUDA. EJEMPLO 1.
Juan
compró un automóvil nuevo en la Agencia en el año 2012, a través de un crédito
otorgado, para no complicar el caso, por la misma Agencia (acreedor). El
crédito implicaba que Juan (deudor) está obligado a pagar en el momento de la
compra la cantidad de diez mil pesos y el resto del precio en sesenta
mensualidades de tres mil pesos cada una. El contrato se celebró el día uno de
diciembre del año dos mil doce, fecha en que Juan realizó el pago acordado de
diez mil pesos y a partir de esa fecha, cada día primero debe realizar el pago
mensual de tres mil pesos y así lo ha hecho hasta el día uno de agosto de dos
mil quince, habiendo pagado hasta la fecha la cantidad de ciento cuarenta y dos
mil pesos incluyendo el pago inicial de diez mil pesos y las cuarenta y cuatro
mensualidades de tres mil pesos cada una, siempre puntualmente. Al momento
tiene un adeudo de cuarenta y ocho mil pesos pagaderos en dieciséis
mensualidades de tres mil pesos cada una.
Juan
puede seguir pagando su deuda, pero ha decidido comprar otro automóvil nuevo
con la misma agencia y no desea conservar ambos automóviles. Ofrece entonces el
automóvil usado en venta a Isabel, a cambio de un pago inicial de cien mil
pesos y que ella asuma la deuda pendiente.
Isabel,
prudente compradora de automóviles usados, acepta el precio y las condiciones,
pero sabe que para perfeccionar este Contrato, debe ser aceptada por la Agencia
como nuevo deudor (deudor sustituto), así que solicita a Juan acudir a la
Agencia para verificar que ésta, como acreedora, la acepte, a más de verificar,
como siempre lo hace, que el estado mecánico del vehículo sea correspondiente
al que aparenta, que la factura corresponda plenamente al vehículo en cuestión
y que todos los pagos hayan sido recibidos por la Agencia en la forma que
presume haberlos realizado Juan, además de que no haya reporte de robo, el
número de serie y de motor, que las placas correspondan a la unidad, que los
impuestos correspondientes hayan sido pagados hasta la fecha, etc.
La
Agencia comprueba la solvencia económica y moral de Isabel y autoriza a Juan a
ceder la deuda a Isabel, además de otorgarle un nuevo crédito para el nuevo
auto.
Como
siempre, Isabel se asegura de comprar prudentemente. La cesión onerosa de deuda
se llevó a cabo con el acuerdo de las voluntades de Juan e Isabel, pero
especialmente, de acuerdo con el artículo 2051 del CCDF, con la autorización,
en este caso expresa, del acreedor.
CESIÓN DE DEUDA. EJEMPLO 2
Juan
adquiere un préstamo de Pedro a través de un contrato mutuo gratuito tácito,
por la cantidad de cincuenta mil pesos con la promesa de pagarlos en cinco
mensualidades de diez mil pesos cada una. Al llegar al plazo de pago de la
tercera mensualidad, Juan enferma y ya no tiene forma de pagar, por lo que
acude a su padre solicitándole que sea él quien se encargue de realizar los
pagos. Le comunican ambos a Pedro la situación y Pedro accede a aceptar como
deudor sustituto al padre. A partir de ese momento Pedro ya no podrá exigirle a
Juan, sino a su padre.
SUBROGACIÓN. EJEMPLO 1
Juan
adquiere un crédito con un almacén para la compra de determinados bienes
muebles. En un momento dado tiene problemas para cubrir el crédito, por lo que
solicita a Pedro un préstamo para liquidarlo. Pedro acepta el trato y elaboran
un contrato en el que Pedro le presta a Juan la cantidad necesaria para
liquidar la deuda y Juan, al recibir el préstamo, se presenta ante el almacén y
liquida el préstamo. A partir de ese momento, Pedro (prestamista) adquiere, por
ministerio de ley, subrogados los derechos que hasta entonces tenía el almacén
(acreedor original) y podrá exigirle a Juan los abonos chiquitos
correspondientes como lo hubiera hecho el almacén (artículo 2059).
SUBROGACIÓN. EJEMPLO 2
El
IMSS (deudor) elabora un estudio para determinar cuál es el costo que le genera
un paciente con daño renal que requiere hemodiálisis (acreedor o
derechohabiente). El estudio arroja que el costo anual para el IMSS es de diez
mil pesos por cada acreedor. Elabora un censo de pacientes en esa circunstancia
y calcula porcentajes en que se puede incrementar su número. Con esos datos
decide llevar a cabo una licitación pública internacional para subrogar el
servicio, tomando como costo máximo por paciente la cantidad de ocho mil pesos anuales.
Se lleva a cabo la licitación y se designa ganador a determinado consorcio que
se compromete a otorgar absolutamente todos los servicios que requieren dichos
pacientes de acuerdo con la normatividad del Instituto, en un costo por
paciente de cinco mil pesos anuales. La obligación de hacer queda subrogada al
consorcio determinado en favor de los derechohabientes del Instituto que estén
en ese supuesto.
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